Seguros de Vida: Sólo serán pagados si los asegurados que una vez muertos se presenten en las oficinas de la Compañía Aseguradora con su certificado de defunción y todos sus demás papeles en regla (pueden, por normas de higiene de la empresa, dejar los gusanos en su ataúd, se darán por sobre entendidos si vienen reflejados en el informe forense.
Seguros de Hospitalización: Sólo se pagarán los casos en que el enfermo compruebe que la enfermedad que contrajo no proviene de un virus, de un microbio, de un germen, de un bichito o de un hongo o de algún guamuro e isoporuco; siempre y cuando esa enfermedad no se la haya pegado un familiar, amigó o desconocido. Las otras enfermedades quedan exceptuadas igualmente.
Seguros de Vehículos: En caso de choques, las Compañías de Seguro sólo pagarán a aquellos propietarios de automóviles que hayan chocado con brujas sobre escobas voladoras, platillos voladores con sus respectivos marcianos (asegurados también) ó cohetes intergalácticos. En caso de robo del vehículo la Aseguradora no pagará hasta tanto no aparezca.
Seguros Aéreos: Sólo se pagarán los siniestros de aviones, avionetas o helicópteros que sufran accidentes menores y en tierra. Una vez en el aire, la responsabilidad ya es de ellos y no de las Compañías de Seguros, porque el cielo deja de ser parte del área física de acción de la Aseguradora.
Seguros de Miembros: Sólo se le asegurarán los miembros a quienes los hayan perdido y los conserven embalsamados en una bóveda de algún banco. Si el miembro caído es “aquel”, no será cancelado si tiene hijos, ya que no fue pérdida total (ya lo usó).
Seguros de Maternidad: Sólo le será cancelado a aquellas personas que lo soliciten y que en su concepción esté(n) presente(s) uno(s) miembros de la Aseguradora, para verificar que fue hecho por la pareja asegurada y que en el posterior parto, la criatura concebida nazca respirando sin necesidad de una nalgada y en capacidad de firmar el documento asegurador con firma legible y así adherirse a las condiciones del contrato.
Seguros de Hogar y Negocio: Sólo serán cancelados si todo lo sustraído no supera el monto de 2 sueldos mínimos. De lo contrario, se dará por sentado que quienes habitan ese hogar o regentan ese negocio están en capacidad de poder comprar las cosas nuevamente en el mismo lapso de tiempo que tardaría la Aseguradora si a esta le diera la gana de pagar, en darle el dinero por concepto de seguro (entre uno y cinco años, cuando ya lo que le den no sea ni la mitad para recuperar)
Apéndice especial: Si en los casos de robo o incendio perdió la cama y se enfermó de la columna por dormir en el suelo o perdió el televisor y se puso a hacer hijos ya que no tenía otra cosa en que distraerse, se les cobrará una cuota especial aparte llamada “Seguro de la Aseguradora”, que es de cobro automático y nos protege de las malas intenciones de desfalco y engaño por parte del cliente a la humilde Aseguradora.
Seguros de Hospitalización: Sólo se pagarán los casos en que el enfermo compruebe que la enfermedad que contrajo no proviene de un virus, de un microbio, de un germen, de un bichito o de un hongo o de algún guamuro e isoporuco; siempre y cuando esa enfermedad no se la haya pegado un familiar, amigó o desconocido. Las otras enfermedades quedan exceptuadas igualmente.
Seguros de Vehículos: En caso de choques, las Compañías de Seguro sólo pagarán a aquellos propietarios de automóviles que hayan chocado con brujas sobre escobas voladoras, platillos voladores con sus respectivos marcianos (asegurados también) ó cohetes intergalácticos. En caso de robo del vehículo la Aseguradora no pagará hasta tanto no aparezca.
Seguros Aéreos: Sólo se pagarán los siniestros de aviones, avionetas o helicópteros que sufran accidentes menores y en tierra. Una vez en el aire, la responsabilidad ya es de ellos y no de las Compañías de Seguros, porque el cielo deja de ser parte del área física de acción de la Aseguradora.
Seguros de Miembros: Sólo se le asegurarán los miembros a quienes los hayan perdido y los conserven embalsamados en una bóveda de algún banco. Si el miembro caído es “aquel”, no será cancelado si tiene hijos, ya que no fue pérdida total (ya lo usó).
Seguros de Maternidad: Sólo le será cancelado a aquellas personas que lo soliciten y que en su concepción esté(n) presente(s) uno(s) miembros de la Aseguradora, para verificar que fue hecho por la pareja asegurada y que en el posterior parto, la criatura concebida nazca respirando sin necesidad de una nalgada y en capacidad de firmar el documento asegurador con firma legible y así adherirse a las condiciones del contrato.
(IPPO) 7" Android 4.0 1080P HD Tablet PC w/ Dual Cameras HDMI |
$79.82 |
Seguros de Hogar y Negocio: Sólo serán cancelados si todo lo sustraído no supera el monto de 2 sueldos mínimos. De lo contrario, se dará por sentado que quienes habitan ese hogar o regentan ese negocio están en capacidad de poder comprar las cosas nuevamente en el mismo lapso de tiempo que tardaría la Aseguradora si a esta le diera la gana de pagar, en darle el dinero por concepto de seguro (entre uno y cinco años, cuando ya lo que le den no sea ni la mitad para recuperar)
Apéndice especial: Si en los casos de robo o incendio perdió la cama y se enfermó de la columna por dormir en el suelo o perdió el televisor y se puso a hacer hijos ya que no tenía otra cosa en que distraerse, se les cobrará una cuota especial aparte llamada “Seguro de la Aseguradora”, que es de cobro automático y nos protege de las malas intenciones de desfalco y engaño por parte del cliente a la humilde Aseguradora.
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